Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la pretensión procesal administrativa de nulidad interpuesta por el INSTITUTO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN DE TASA DEL ASEO URBANO DOMICILIRIO, COMERCIAL, INDUSTRIAL E INSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA (IRAGIR) contra el acto administrativo N° Nº 00239-11, de fecha 28 de abril de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Costa de Oro, Santiago Mariño, Linares Alcántara y Libertador del Estado Aragua, en el expediente Nº 043-10-01-00039.