este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de diciembre de 2013, por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y en consecuencia, SE ORDENA ADMITIR la demanda interpuesta por el Ciudadano HECTOR JOSE AVILA FLORES, titular de la Cedula de Identidad N°: 18.141.017, contra la sociedad mercantil INVERSIONES P-27, C.A (CHAMBALA). TERCERO: No se condena en costas conforme a las previsiones del artículo 165 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase el expediente y copia cert.....