DISPOSITIVA
Así las cosas, por las razones de hecho y de derecho antes consideradas, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los penados LEONARDO ALFREDO LARA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.836.460 y residenciado en CALLE LA CARIDAD CRUCE CON RIVAS Y URDANETA, SECTOR EL CENTRO CASA Nº 630, SAN SEBASTIAN DE LOS REYES, ESTADO ARAGUA, y WILFREDO ANTONIO TAQUIVA, titular de la cédula de identidad Nº V-13.337.820 y residenciado en SECTOR LA MONTAÑITA, CASA SIN NUMERO, SAN SEBASTIAN DE LOS REYES, ESTADO ARAGUA previo cumplimiento de los requisitos de ley, todo de conformidad por lo dispuesto en los artículos 479 Ord. 1 y 480 del Código Orgánico Procesal Penal, Art. 21 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, se a.....