DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: LA CESACION de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, comprobado como ha sido el cumplimiento de la referida medida, por parte de el ciudadano: XXXXX de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se acuerda expedir BOLETA DE LIBERTAD PLENA, al Centro de Medidas de Privación de Libertad "Simón Rodríguez", para ser materializada en fecha 06 de abril de 2008. Notifíquese a las partes. Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adole.....