No obstante; en virtud de la Regulación de Competencia efectuada por la parte actora, contra la decisión de fecha 19 de marzo de 2013, dictada por este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante la cual se declaro incompetente por la cuantía, para conocer de la presente causa; este Tribunal la encuentra procedente, y de conformidad al criterio acogido por La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en el expediente N° AA10-L-2010-000109, de fecha 3 de agosto de 2011, estima que dicho recurso debe ser conocido y decidido por el Juzgado superior Jerárquico, siendo en este caso, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y de Transito del Estado Aragua, en consecuencia se ordena la remisión de las copias certificada que las partes señalen al Juzgado Distribuidor Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito y Contencioso Administrativo del Estado Aragua, para que conozca el recurso de Regulación de Competen.....