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Decisiones del dia 04/05/2011

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : DP11-S-2011-000114 N° Sentencia : 518 Fecha: 04/05/2011
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
HECTOR OMAR RIOS MONTESINOS CONTRA SAVIRAM C.A
Resumen:
Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar Especial y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordena el cierre y archivo del expediente.- El ciudadano Juez, deja sin efecto los oficios dirigidos a la Coordinación del Trabajo.- Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. EL JUEZ, ABOG. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ EL OFERID.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Blanco
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2011-000458 N° Sentencia : 530 Fecha: 04/05/2011
Procedimiento:
Tercería
Partes:
TRASNPORTE GUAYAMURE, C.A
Resumen:
En tal sentido, quien decide, visto que la parte demandada solidariamente, no consigna documento ni elemento probatorio alguno en el cual sustente o fundamente su solicitud, es por lo que no puede admitirse la Tercería propuesta, pues ello conllevaría a que se desvirtúe la Naturaleza Jurídica de la Institución del Tercero alegada, por lo que la presente controversia, en los términos planteados, en ningún momento será común entre el tercero llamado y la demandada, razón por la cual no puede admitirse la Intervención del Tercero llamado en la presente causa, declarándose improcedente la misma, Y ASÍ SE DECLARA Y DECIDE. En consecuencia, y vista la decisión dictada por este Tribunal y bajo el imperio del principio de la rectoría del Juez en el proceso, SE RATIFICAN LOS AUTOS DICTADOS POR LA SECRETARÍA DE ESTE TRIBUNAL, DE FECHA 18 DE ABRIL DE 2011, CORRESPONDIENTES A LA CERTIFICACIONES DE LAS NOTIFICACIONES DE LAS PARTES DEMANDADAS, PARA EL COMPUTO DEL LAPSO PARA LA CELEBRACION DE LA AUD.....
Juez/Ponente:
Juan Carlos Blanco
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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