DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: SU INCOMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO, requerida por la ciudadana KATHERINE DEL VALLE PARADA VALDEZ, de profesion comerciante, de estado civil soltera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.123.125 y de este domicilio contra el ciudadano LEONARDO JOSE DUARTE URDANETA, de profesion diseñador grafico, de estado civil soltero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.068.689 y domiciliado en 2524 Sandbury BLVD Columbus, OH 43235,1869, Estados Unidos. En virtud de ello, se DECLINA LA COMPETENCIA al TRIBUNAL DE PR.....