SEGUNDO: INADMITE, la presente demanda, contentiva del Juicio de Indemnización por Daños y Perjuicios, derivado de accidente de tránsito, interpuesta por ROSANNY ELECMAR VILLEGAS MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 15.790.002 y de este domicilio, estando debidamente representada por los profesionales del derecho, abogados en ejercicio, YSMAEL AQUILES RODRIGUEZ SALAZAR y CARLOS JAVIER VARGAS YEYES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 84.298 y 69.672 respectivamente y de este domicilio, por cuanto el libelo de demanda presenta omisiones, en relación a expresar la cuantía en unidades tributarias, todo ello de conformidad con los artículos 49 numeral 1, 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.-