III. DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidos tales extremos, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de casación anunciado por el abogado HUMBERTO ANTONIO BENINCASA FERRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.098, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "FERRETERÍA DOÑA CAROLINA, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Aragua, en fecha 8 de febrero de 2000, bajo el N° 44, Tomo 04-A, representada por su director y único accionista el ciudadano ANTONIO JORGE VARELA COSTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.001.228; contra la decisión dictada por este tribunal en fecha 10 de junio de 2025, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), interpuesto por el ciudadano JUAN MANUEL ÁLVAREZ ARENAS,.....