A la secuencia de lo antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara " CON LUGAR " la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana GORETE GONCALVES DE JESUS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.752292, asistida por la Abogado MARIANELA ABREU GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 26.336, en contra de la ciudadana LILIA MERCEDES SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nº V-3.584.273, sobre el inmueble urbano constituido por una casa para habitación familiar, situada en la Calle Sabana Larga, signada con el Nº 109-9-07, en la ciudad de Cagua, Jurisdicción del Municipio Sucre, del Estado Aragua.
Quedan extinguidas las obligaciones derivadas del Contrato de Arrendamiento susc.....