Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARO: PRIMERO: RATIFICA, la suspensión de efectos del acto administrativo. SEGUNDO: IMPROCEDENTE, la revocatoria solicitada.