DISPOSITIVA.
En virtud de las anteriores consideraciones, tanto de hecho como de derecho es por que lo que esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación de la Profesional del Derecho ALEJANDRA RIVAS DE GONZALEZ, Defensora Privada del ciudadano HARRISON ARGENIS RIVAS, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: Se decreta LA NULIDAD por inmotivada de la decisión proferida por el Juez Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 09 de Mayo de 2011, mediante la cual condenó al precitado ciudadano, a cumplir la pena de cinco (05) años de prisión, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 ultimo aparte de .....