"...Acto Seguido, el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 237 y 238 Del Código de Procedimiento Civil HACE ENTREGA MATERIAL, REAL y EFECTIVA del inmueble de marras a la apoderada judicial abogada THAÍS PERNÍA inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 29.722, quien de seguida expone: "recibo conforme el inmueble en el estado en que se encuentra, y totalmente vacío de bienes y personas, es todo"...