Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y expuestas ut supra, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE HECHO por interpuesto en fecha 23.06.2025, por el Abogado ALEJANDRO PUCCINI MIRANDA, inscrito en el INPREABOGADO N° 15.105, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos GLADYS JOVITA SERRANO DE REVEROL y DOUGLAS ANTONIO REVEROL SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-1.891.868 y V-6.353.879 respectivamente, contra el auto emitido en fecha 05.06.2025 por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FELIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en el cual se niega la apelación ejercida contra la sentencia .....