PRIMERO: SIN LUGAR el rechazo e impugnación de la cuantía aducida por la parte demandada, por lo que se mantiene la estimación de la demanda en la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000,00).
SEGUNDO PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PARTICIÓN DE HERENCIA incoada por los ciudadanos: ANTONIA PLASENCIA DE SAN BLAS, JOSE DOMINGO SAN BLAS PLASENCIA, MARGARITA SAN BLAS DE SALCEDO, OSCAR SAN BLAS PLASENCIA, PEDRO ALEJANDRO SAN BLAS SANSONE venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.212.238, V-7.211.567, V-7.237.079, V-9.664.394 y V-14.491.140. Respectivamente y ANTONIO DAVID PLASENCIA SAN BLAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.264.853 en contra de las ciudadanas: ANA MARIA SAN BLAS PLASENCIA E ILSE PRISCILA SAN BLAS COLMENARES.
TERCERO: Se ORDENA LA PARTICIÓN del bien inmueble que conforma el acervo hereditario; constituido por un apartamento distinguido con el N° 31, de NOVENTA CON OCHENTA Y CUATRO METROS CUA.....