Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos YORDANIS RAFAEL VIVAS GAMARRA Y ELIDA ZENAIS BARBOZA SANCHEZ, antes identificados, desde el día 07 de Agosto de 2003, según Acta de Matrimonio inserta en el Folio 292, Tomo III, Nº 146, del año 2003, en los libros llevados por el Registro Civil del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, actualmente Oficina del Registro Civil de la Alcaldía de Girardot Estado Aragua.