-II -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 693, de fecha 2 de Junio de 2015, relacionada con el expediente N° 12-1163, presentada personalmente por los ciudadanos GILBERTO JOSE GARCIA BERMUDEZ Y ROSALBA MONCADA DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-9.902.118 y V-9.684.453 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARIA ISABEL CORONEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 183.233. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los solicitantes por .....