DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Protección Del Niño y Del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de conversión de separación de cuerpos en divorcio y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL,
Contraído por los ciudadanos ROGER RAÚL CARRERA BACALAO y RUBINA MAGALLY GARCÍA DE CARRERA, plenamente identificados en autos, por ante la Prefectura de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD de los niños REYNER RONNELD e IVANNA RUBINA, será ejercida por ambos padres, mientras LA GUARDA queda establecida de la siguiente manera: Con respecto al niño REYNER RONNELD, la Guarda continuara ejerciéndola el padre y .....