Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: Se reconoce como fecha de ingreso, fecha de egreso, motivo de egreso y el salario devengado, el señalado en el escrito libelar; la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de Bs.F.2.250,00 por los siguientes conceptos: antigüedad, utilidades fraccionadas, vacaciones y bono vacacional fraccionados, indemnización sustitutiva de preaviso y la indemnización por despido. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago en el día de hoy 05-05-2010, por la cantidad de Bs.F.2.250,00, mediante cheque a favor del ciudadano VIRGILIO ANTONIO GONZÁLEZ, cédula de identidad NºV-15.709.287, girado contra el BANCO FEDERAL Nº90084319, a cuyos efectos se ordena agregar e los autos en un folio útil. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se o.....