Por lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, forzosamente declara INADMISIBLE la querella interdictal perturbatoria, incoada por el ciudadano ANDRÉS CECILIO TORREALBA PÁEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-7.218.617, contra el ciudadano JOSÉ ARNALDO VILLARROEL GIL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.239.646, al verificarse el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley en los términos expuestos en la motiva.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los cinco (05) días del Mes de mayo del Año Dos Mil once (201.....