RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000065. ABSUELVE y declara NO CULPABLE al ciudadano LUIS ALBERTO CHAPARRO OJEDA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy estado Miranda, nacido en fecha 31-01-1981, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación obrero, hijo de Pedro Chaparro (f) y Martina Ojeda (v), domiciliado en avenida Bolívar al lado de la Guireñita, Maturín estado Monagas, y titular de la cédula de identidad Nº 19.372.401, de la acusación presentada en su contra, en la investigación Nº I-719.091 (Nomenclatura del C.I.C.P.C) por el delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN MENORES CANTIDADES, previsto y castigado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 111 ejusdem.