DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ALAN PRATS, OSIAS REYES y EMILY NOGUERA, Abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la nomenclatura 185.457, 212.212 y 217.327, respectivamente, actuando en su carácter de Defensores del ciudadano BYRON STEFANO OLAYA MORELLO, en contra de la decisión dictada en fecha 9 de Abril de 2015, por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, con ocasión a la celebración de la Audiencia Oral Para Oír al Imputado.....