En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el convenimiento en el presente juicio que por EXTINCION DE HIPOTECA LEGAL, incoada por la abogada MARIA GABRIELA AQUINO D´ MILITA, identificado con la cedula de identidad con el N° V-6.828.350, inscrita en el inpreabogado bajo N° 30.023, actuando en este acto en nombre y representación de los ciudadanos, CAROLINA ELENA DELGADO DABOIN y ANTONIO SOUTULLO SAMPEDRO, identificados con las cedulas de identidad con los Nros. V-9.670.304, y V-6.338.691, según Poder Otorgado debidamente Autenticado ante la Notaria Publica Segunda de Maracay Estado Aragua, numero de acta N° 11, Tomo 32, Folios 42 hasta 45, del fecha 13 de Mayo del 2025, contra La Socied.....