DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve: PRIMERO: Se declara con lugar, en los términos que se expresan en el presente fallo, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano SAMUEL GONZÁLEZ CAZORLA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Octavo de Control Circunscripcional, de fecha 16 de julio de 2004, en la que declaro sin lugar la solicitud presentada por el mencionado ciudadano, respecto al vehículo que presenta las siguientes características: TOYOTA, MODELO: LAND CRUISER, SERIAL DE CARROCERIA: FJ40904135, AÑO: 1977, PLACAS: DCU-784, SERIAL DEL MOTOR: 2F118452, TIPO: TECHO DURO, CLASE: RUSTICO; CHAPA IDENTIFICATIVA DEL SERIAL DE CARROCERIA SUPLANTADA: SERIAL DE CHASIS: FJ40-196098 INCONPORADO, EL SERIAL DE MOTOR 2F-460064: FALSO. SEGUNDO: Se revoca la decisión referida ut supra, y se orden.....