PRIMERO: El penado RAMON ANTONIO ARIAS, fue condenado en fecha 22/03/2002 por el Juzgado Cuarto de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO (hoy redimida en DIECIOCHO AÑOS, NUEVE MESES y ONCE DIAS DE PRESIDIO), por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, tipificado y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal vigente para la fecha de consumación de los hechos, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Andrés de Jesús Jiménez. El precitado penado, según se desprende de las actuaciones que conformen el presente asunto, fue aprehendido inicialmente en fecha 15/04/2000, manteniéndose detenido hasta el día 18/04/2000, o sea, por TRES (03) DIAS; luego fue detenido en fecha 28/08/2000, y se mantuvo bajo cumplimiento de pena, hasta el día 16/09/2007, cuando se declaró fugado del Centro de Tratamiento Comunitario "Francisco de Miranda", donde gozaba del beneficio de Régimen Abiert.....