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Decisiones del dia 05/08/2009 |
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N° Expediente :
2527
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N° Sentencia :
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Fecha: 05/08/2009 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO MI CASA VS PROMOTORA GRANADO C.A |
Resumen:
En el caso de autos, la parte actora en el presente Juicio consigna junto a su libelo de demanda, Contrato de Venta con Reserva de Dominio, sin embargo, no ofrece garantía alguna a los fines de dar cumplimiento a la disposición anteriormente transcrita y como consecuencia de ello, no se encuentran llenos los extremos establecidos en el articulo 22 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, a los fines del decreto de la medida de secuestro solicitada, NEGÁNDOSE la misma, y así se decide.-
Sin embargo, esta Juzgadora entiende la necesidad de la parte actora de obtener el decreto de la Medida peticionada, y en aras de cumplir con los extremos exigidos en la norma que regula el caso planteado, este Tribunal, insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de CINCUENTA Y SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 56.000, oo), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y prejuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no .....
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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N° Expediente :
2531
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N° Sentencia :
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Fecha: 05/08/2009 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Intimacion |
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BÚFALO, C.A VS PERSONA JURÍDICA CONSTRUCTORA E INVERSIONES SIGLO XXII, C.A |
Resumen:
INADMISIBLE la demanda intentada por la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES BÚFALO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 58, Tomo 28-A, de fecha 16 de Junio de 2.008, mediante su Apoderada Judicial, Abogada en ejercicio CARMEN MARIA BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.980; contra la PERSONA JURÍDICA CONSTRUCTORA E INVERSIONES SIGLO XXII, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el N° 1, Tomo 55, Folio 02 al 09, de fecha 7 de Julio de 1.998, por las razones anteriormente expresadas. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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N° Expediente :
2517
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N° Sentencia :
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Fecha: 05/08/2009 |
Procedimiento: Resolucion Contrato Arrendamiento Y Cobro Bolivare |
Partes: EMILIO AUGUSTO SOPPRANI GIL VS BENJAMÍN ABISMAN EIDELMAN |
Resumen:
INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana YULY RAMONA LÓPEZ ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.884.617, actuando en su carácter de Apoderada del ciudadano EMILIO AUGUSTO SOPPRANI GIL, peruano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-80.089.136 debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio CRISMARA GARCÍA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.341, en contra del ciudadano BENJAMÍN ABISMAN EIDELMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.267.240 y de este domicilio, por Inepta Acumulación Inicial de Pretensiones.
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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N° Expediente :
2536
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N° Sentencia :
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Fecha: 05/08/2009 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Venta Con Reserva De Dom |
Partes: ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO MI CASA VS PROMOTORA NUEVA GRANADO |
Resumen:
En el caso de autos, la parte actora en el presente Juicio consigna junto a su libelo de demanda, Contrato de Venta con Reserva de Dominio, sin embargo, no ofrece garantía alguna a los fines de dar cumplimiento a la disposición anteriormente transcrita y como consecuencia de ello, no se encuentran llenos los extremos establecidos en el articulo 22 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio, a los fines del decreto de la medida de secuestro solicitada, NEGÁNDOSE la misma, y así se decide.-
Sin embargo, esta Juzgadora entiende la necesidad de la parte actora de obtener el decreto de la Medida peticionada, y en aras de cumplir con los extremos exigidos en la norma que regula el caso planteado, este Tribunal, insta a la parte demandante a constituir garantía hasta cubrir la suma de CUARENTA Y UN MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 41.000, oo), a fin de asegurar al demandado el pago de los daños y prejuicios y la devolución de la cosa vendida u otra equivalente al demandado, en caso de no pro.....
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Juez/Ponente:
Odielys Herde Marcano
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Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Maturín
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