DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos o ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación y en consecuencia se modifica el auto recurrido de providenciación de los medios de pruebas de fecha 24.10.2017, proferido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua.
SEGUNDO: INADMISIBLE los medios de prueba promovidos por la parte oferida, de prueba de informe y experticia, por impertinentes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE; NOTIFÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay, a los Cinco (05) d.....