PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a las medidas de prohibición de enajenar y gravar y de embargo de bienes muebles, formulada por la abogada Leinny España Ríos, Inpreabogado N° 291.820, actuando en su carácter de Defensora Ad-Litem de la parte demandada, la sociedad mercantil PROMOTORA INMOBILIARIA ARIONA, C.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en todo su contenido la decisión de fecha 12 de diciembre de 2022 que dictó: i) Medida de prohibición de enajenar y gravar sobre una parcela de terreno ubicada en la Parroquia Las Delicias, Sector Santa Eduvigis, Calle 23, N° 4-A, Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua, identificada con el N° Catastral: 01-05-03-02-0-008-018-001-000-000-000, con una superficie aproximada de mil quinientos cincuenta y un metros cuadrados con noventa y tres decímetros cuadrados (1.551,93 Mts²), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la Calle 23, que es su frente, en treinta y tres metros con cuatro centímetros (33,04 Mts²); SUR: Con el Modulo José Vicent.....