Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos HECTOR ALBERTO PULIDO VILORIA y MARIA DE LOS ANGELES CARABALLO SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-19.516.903 y V-31.625.438, respectivamente, asistidos por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA SAMÁN DE GUERE, MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, según acta Nro. 79, Folio 79, Tomo I, del año 2021, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina.