Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA OPOSICION A LA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO PRACTICADA EN FECHA 05 DE DICIEMBRE DE 2005, cursante a los folios 08 al 21 del presente Cuaderno de Medidas, y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, formulada por la ciudadana: EVELYN DE LA CRUZ CAZORLA SARMIENTO, ya identificada.