Por lo tanto, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por ciudadanos BASTIDAS JOSE NARCISO y SANCHEZ DE BASTIDAS CARMEN CECILIA, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la JEFATURA CIVIL DE LA PARROQUIA SUCRE, DEPARTAMENTO LIBERTADOR DEL DISTRITO FEDERAL. Según acta de matrimonio signada con el N° 303, Año: 1980, de fecha 07 de Mayo de 1980. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos. A los fines de que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Mara.....