Por las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de cobro de bolívares incoada por la sociedad mercantil "BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A." en contra de la también sociedad de comercio "DISPROFARMA, C.A." en su carácter de deudora principal, ambas identificadas supra; representada esta última por la ciudadana THEIDA MERCEDES ICIARTE HERRERA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad V-3.840.990 y de este domicilio, en su carácter de fiadora y principal pagadora. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, en forma conjunta y solidaria, a pagarle a la demandante el monto reclamado en el libelo, el cual asciende a la cantidad de TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS (Bs.F.32.559,.....