DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ANGELIC MARINES BONAVENTURA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.576.813, en su condición de hija del ciudadano, ATILIO BONAVENTURA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad Nro. V-8.725.269, asistida por el abogado ERICK RAFAEL MARTÍNEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-18.082.498, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 166.778, dicha acta de nacimiento, de fecha siete (07) de julio de mil novecientos sesenta y dos (1962), anotada con el Nro. 480; Tomo: I-B, Folio: 241, del año 1962, inserta en los Libros de Nacimie.....