Este Tribunal de Primera Instancia Estatal en lo Penal en Funciones de Control Nº 4, apegándose de la solicitud fiscal, considera que lo ajustado a derecho es que administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se PRIMERO: Se declara como LEGITIMA la aprehensión del ciudadano: MARIA MERCEDES MUJANAJINSOY ESCALONA, por cuanto se encuentra solicitado por el TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, según oficio N° 225-17 de fecha 26/01/2017, orden de aprehensión N° 015-17, en la causa signada con el alfanumérico 2C-35.648.15, por el delito de Reventa de Productos de primera necesidad por ser su Juez Natural. SEGUNDO: se ordena DECLINAR la presente causa al referido Juzgado TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA. TERCERO: Se acuerda Medida Privativa Judicial de Libertad de conformidad con el Artículo 236.237 y 238 del Código Orgánico Procesal .....