DECLARA: LA INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA LA ACCION DE AMPARO, propuesta por el ciudadano VICTOR JOSE RAVELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-11.055.399, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ALFREDO GAETANO PULVIRENTI, Inpreabogado N° 171.511, en contra del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, a cargo del Juez SERGIO PEREZ SAYA, en el expediente signado con el numero DP41-S-2013-000003, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 1º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.