En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana LUCRECIA ANTONIA PÉREZ, titular de la cedula de identidad No.:.-4.401.351, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano RAMIRO GONZALO VILLEGAS, titular de la cédula de identidad No.: 2.026.128, en beneficio de sus hijos, ********** y ////////////////// consistente en la retención del Salario mensual, utilidades, aguinaldo y las Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto las retenciones ordenadas, en consecuencia, ofíciese al Jefe de Personal de la Empresa Indaragua Tiquire Flores, a los fines del levantamiento de las medidas.- TERCERO: Por imperio legal se tiene po.....