En base a tales razonamientos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Juez Unipersonal N° 04 de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de fijación de obligación alimentaria incoada por la ciudadana MICHEL MARIELA QUEREIGUA QUINTANA, quien actúa en su carácter de madre del niño RICARDO ANDRES actualmente de dos (02) años de edad, ejercida en contra del padre del mismo, ciudadano: JEAN CARLO FRANCO DURAN, quien deberá dar por tal concepto a su hijo antes mencionado DIEZ (10) salarios mínimos calculados de manera diaria, el cual actualmente se encuentra fijado en la cantidad de Quince mil Quinientos Veinticinco bolívares con cero céntimos (15.525,00 Bs.), lo cual a razón de DIEZ (10) da una suma actual de Ciento Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Cincuenta Bolívares con cero céntimos (155.250,oo Bs.), suma ésta que será .....