Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano RODRIGO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nº V 5.700.101 contra la Sociedad de Comercio SEGURIDAD SEGUNAL, C.A. En consecuencia se condena a la demandada, a pagar la cantidad de CUATRO MIL OCHOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y TRES CENTIMOS (BSF 4.864,53), más lo que resulte de la experticia complementaria antes acordada.
Así mismo se acuerdan los intereses Sobre Prestación de Antigüedad, los Intereses de Mora y la Indexación Judicial, sobre las sumas condenadas, ordenándose experticia complementaria del fallo, la cual se practicara a través de un.....