S E G U N D A:
Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: HECTOR JOSE MUJICA MUÑOZ Y RUDYD NOHEMY ROJAS GONZALEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N°: 13.475.862 Y 13.924.809, Asistidos por la Abogada: ENEIDA VILLAHERMOSA ROJAS, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°: 98.746, tal y como consta en acta de matrimonio la cual acompañamos marcada con la letra "A", celebrado por ante el Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y E.....