PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES incoada por los ciudadanos TULIO ROBERTO PARRA RIVAS, CARLOS JESÚS ICIARTE y RAFAEL ENRIQUE MONTILLA GARCIA, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cédulas de identidad números 9.642.898, V-7.294.846 y V-2.511.925, respectivamente, contra UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, persona jurídica de Derecho Público, FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA y EMPREVET S.A., registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Tomo 45-A, N° 72, de fecha 04/11/1999; y en consecuencia se ordena la cancelación de los conceptos indicados en la parte motiva del fallo, por la cantidad total de CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARTES CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 141.673,28). Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena asimismo practicar experticia complementaria del fallo, en cuanto al cálculo de los Intereses sobre Pr.....