Por todo lo anteriormente expuesto, es por lo que ésta Juzgadora pasa a verificar el cumplimiento de dichos requisitos en el escrito transaccional presentado:
La transacción in comento, cumple con los requisitos legales del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo para que produzca los efectos legales correspondientes, ya que se observa que los actores la suscribieron personalmente estando asistidos de su apoderado judicial, y la apoderada judicial de la demandada por su parte esta facultada para suscribir la misma; por lo que éstos haciendo uso de los medios alternos de resolución de conflictos tal como lo permite nuestra Constitución, sin que estuviese definitivamente firme la decisión dictada por el Juzgado Superior, celebraron el acuerdo transaccional que aquí se analiza, y donde constan las concesiones recíprocas acordadas entre ellos; así mismo, consta que la empresa le entrego a cada uno de los actores como acuerdo transaccional la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (.....