PRIMERO: Se Admite TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía 14º del Ministerio Publico del Estado Aragua en contra del imputado LEONEL DAVID SANDOVAL Titular de la Cedula de Identidad N° V- 26.428.645, por la comisión del delito de: EJERCICIO ILEGAL DE LA MEDICINA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 123 DE LA LEY ESPECIAL DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA, USURPACION DE FUNCIONES, USO DE SELLO FALSO, CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 213 Y 305 DEL CODIGO PENAL VENEZOLANO, SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes y se acuerda la aplicación del principio de comunidad de pruebas a favor de la defensa. TERCERO: Admitida la acusación, se impone al acusado LEONEL DAVID SANDOVAL Titular de la Cedula de Identidad N° V-26.428.645 del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dicho acusado, sin coacción ni apremio y con conocim.....