este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA PRETENSION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por el ciudadano ANTONIO MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.849.207, asistido y representado a los autos por la abogada DIGNA ROSA QUINTERO GONZALEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N°78.672 , contra los herederos desconocidos de la ciudadana MARIA MERCEDES PINTO SALAS, mayor de edad, venezolana, titular de identidad Nro. V-3.200.095 (hoy fallecida). Por lo que se tiene como cierto que desde el 15 de agosto de 1980 hasta el 12 de junio de 2016, fecha en la cual falleció, los ciudadanos ANTONIO MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V -2.849.207 y la ciudadana MARIA MERCEDES PINTO SALAS, mayor de ed.....