Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, con fundamento y en total apego a lo estipulado en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en los artículos 242, 243 y 362 del Código de Procedimiento Civil venezolano, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la confesión ficta de la empresa SUPERIOR SERVICES DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Zulia, bajo el N° 38, Tomo 4-A de fecha 16 de abril del 2.021, ubicada en las Morochas, Avenida Intercomunal Edificio Superior Services, Piso S/N del sector Libertad ciudad Ojeda, Municipio la Lagunilla del estado Zulia, con Registro de Información Fiscal N° J-30477966, en relación al juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA ORDINARIA) que tienen incoado en su cont.....