Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de INHABILITACIÓN de la ciudadana ARIADNY JOSEFINA RONDON RODRIGUEZ, presentada por la ciudadana ALIDA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE DIAZ, en su condición de Madre; en consecuencia se declara CON LUGAR LA INHABILITACION, sobre dicha ciudadana y se nombra como curadora a la ciudadana BETTY JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº: 11.007.409 y domiciliada en la vereda 2, Nro 1, Sector 23 de Enero de esta ciudad, por lo que se ordena notificarle a efectos que comparezca en el segundo día de despacho siguiente a que conste en autos su notificación, a las 10:00 Horas de la mañana, a los fines de que preste el Juramento de ley. El presente decreto deberá registrarse en la forma prevista por .....