DISPOSITIVA.
En base de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DAVID DE JESUS TORRES COLMENARES, cédula de identidad No. V-17.274.305 contra la persona jurídica MEIN C.A.
SEGUNDO: se condena a la persona jurídica MEIN C.A a pagar al ciudadano DAVID DE JESUS TORRES COLMENARES, cédula de identidad No. V-17.274.305 la cantidad de BOLIVARES VEINTINUEVE MIL QUINCE CON VEINTE CENTIMOS (Bs.29.015,20) por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos, por la terminación de la relación indicada en la parte motiva de la presente decisión.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución .....