Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: CARLOS RAMÓN PARRA BOLÍVAR y MARÍA ALEXANDRA ALVAREZ VIRGUEZ, mayores de edad, hábiles civilmente, cónyuges, Tìtulares de las Cèdulas de Identidad Nùmeros V-8.829.671 y V-11.917.917, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vìnculo Conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio San Francisco de Asis, Estado Aragua (ahora Dirección de Registro Civil de la Parroquia San Francisco de Asís, Alcaldía del Municipio Zamora del Estado Aragua), en fecha DIECIOCHO (18) de AGOSTO de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1994), segùn se evidencia de la Partida de Matrimonio asentada bajo el Acta Nº 111, en el Li.....