Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de procedimiento Civil.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los 06 días del mes de Octubre de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez.,
Abg. Mary Fernández Paredes.,
La Secretaria.,
Abg. Kristel vasquez
En esta misma fecha, siendo las 11:00.a.m., Previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria.,
MFP/ Janneth.-
Exp. 9500