DECISIÓN
Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede Contencioso Administrativa, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE LA NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO intentada por la sociedad mercantil "DISTRIBUIDORA DE PARTES Y PIEZAS AUTOMOTRICES 0321, C.A." Inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 13 de mayo de 2009, bajo el N° 09, Tomo 48-A, en contra de La Providencia Administrativa; Nº00035-11, de fecha 09 de febrero de 2011, en el expediente N°009-2010-01-01718, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua.- ASI SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese la presente decisión y déj.....