Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las prestaciones sociales demandadas hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON CERO CERO BOLIVARES FUERTES (BSF 2.415,00) pagaderos en este momento, mediante cheque girado contra el Banco Provincial signado con el N 14954, a nombre del trabajador por la cantidad ofrecida, ofrecimiento y modalidad esta aceptado por el actor, con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadano WILMER IVAN MARQUEZ USCATEGUI, titular de la cedula de identidad C.I. N° 19.134.939 contra la SERVICIOS DE SEGURIDAD Y PROTECCIN EL CANELO (SERSEPROCAN C.A)., Ahora bien la ciudadana jueza una vez oída la manifestación de aceptación por parte del actor, y dado que la misma no es contraria a derecho ni vulnera derech.....